Si fallece, el hijo heredará los bienes y las deudas. Y la otra alternativa sería rechazar la herencia, perdiendo lógicamente los bienes, pero tampoco se tendrá que hacer cargo de las deudas.
Lo que se hace en estos casos es heredar a beneficio de inventario, es decir, heredar siempre que haya más bienes que deudas.
Salu2.