Gracias por la respuesta, pero según la sentencia del Tribunal Supremo del 15 de Junio de 2016, el vendedor puede repercutir la parte proporcional al comprador, salvo pacto en contrario entre las partes.
Saludos
Gracias por la respuesta, pero según la sentencia del Tribunal Supremo del 15 de Junio de 2016, el vendedor puede repercutir la parte proporcional al comprador, salvo pacto en contrario entre las partes.
Saludos